EL PARROCO:
DEFINICIÓN DEL DERECHO CANÓNICO:
Cánon 519 El párroco es el pastor propio de la parroquia que se le confía, y ejerce la cura pastoral de la comunidad que le está encomendada bajo la autoridad del Obispo diocesano en cuyo ministerio de Cristo ha sido llamado a participar, para que en esa misma comunidad cumpla las funciones de enseñar, santificar y regir, con la cooperación también de otros presbíteros o diáconos, y con la ayuda de fieles laicos, conforme a la norma del derecho.
El nombramienro se hizo de dominio público el día tres de Septiembre; la toma de posesion fue programada para el día 23 de Septiembre.


¿Quién es el padre Reinaldo?