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EL PARROCO:


DEFINICIÓN DEL DERECHO CANÓNICO:

Cánon 519 El párroco es el pastor propio de la parroquia que se le confía, y ejerce la cura pastoral de la comunidad que le está encomendada bajo la autoridad del Obispo diocesano en cuyo ministerio de Cristo ha sido llamado a participar, para que en esa misma comunidad cumpla las funciones de enseñar, santificar y regir, con la cooperación también de otros presbíteros o diáconos, y con la ayuda de fieles laicos, conforme a la norma del derecho.

     El nombramienro se hizo de dominio público el día tres de Septiembre; la toma de posesion fue programada para el día 23 de Septiembre.

¿Quién es el padre Reinaldo?